La Rioja
La Denominación de Origen Calificada "Rioja" única Denominación de Origen Calificada y reconocida hasta el presente en nuestro país con esta categoría máxima desde 1991, se distribuye entre las Comunidades Autónomas de La Rioja, Navarra y el País Vasco (Álava).
La región vitivinícola de Rioja está enclavada en el Valle del Ebro. Limita al norte con la Sierra de Cantabria y al sur con la Sierra de la Demanda, lo que constituye una situaci&ón privilegiada de clima y suelo para el cultivo de la vid. Estos dos factores naturales, el clima y el suelo, han determinado la división de la Rioja en tres subzonas con microclimas diferentes:
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Rioja Alta: con un clima continental, de influencia cantábrica y con un suelo arcilloso calcáreo de topografía suave. Tiene una extensión aproximada de 21.000 hectáreas y produce un vino especialmente indicado para crianza.
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Rioja Baja: El clima es más seco, de influencia mediterránea y suelo arcilloso ferroso. Tiene una extensión aproximada de 17.000 hectáreas y produce un vino de mayor graduación.
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Rioja Alavesa: se encuentra situada en la zona sur de Álava, limitando al norte con la Sierra de Cantábria y al sur con el río Ebro y la Comunidad autónoma de la Rioja.
La Rioja Alavesa
Desde la Sierra de Cantabria hasta el río Ebro a Rioja Alavesa desciende en laderas escalonadas, orientando su pendiente hacia el sur. Los viñedos se ubican en las cotas comprendidas entre los 400 y los 700 metros de altitud en un terreno accidentado y un suelo arcillo-calcáreo, muy adecuado para el cultivo de la vid, estructurado en terrazas y pequeñas parcelas.
La influencia climática es atlántica- mediterránea, con veranos cortos e inviernos templados, con riesgo de heladas en primavera y otoño pero pocas nieves.
Algunos de los términos municipales que forman la Rioja Alavesa son: Laguardia, Elciego, Samaniego, Oyón, y Villabuena.
Consejo Regulador de la D. O. Calificada Rioja
La subzona de Rioja Alavesa está amparada y controlada por el Consejo Regulador de Rioja, garantizando la autenticidad y calidad de los vinos.
Requisitos mínimos de los vinos amparados por el Consejo Regulador de la Rioja:
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Tintos Jóvenes. Corresponden a vinos que no han sido sometidos a proceso de envejecimiento en barrica.
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Tintos de Crianza. Corresponden a vinos al menos en su tercer año que ha permanecido un año como mínimo en barrica de roble.
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Tintos Reserva. Corresponden a vinos muy seleccionados con un envejecimiento mínimo entre barrica de roble y botella de tres años, de los cuales uno al menos de barrica.
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Tintos Gran Reserva. Corresponde a vinos de grandes cosechas que han envejecido un mínimo de dos años en barrica de roble y tres en botella.

